Una ejecución hipotecaria en Nueva York es un proceso judicial, no un aviso de un banco. Eso significa que el propietario tiene derecho a ser escuchado y a presentar defensas legales ante un juez. Petroff Amshen LLP representa a propietarios de viviendas en Nueva York en defensa hipotecaria, desde la primera presentación hasta el fallo final.
Cómo aborda Petroff Amshen la defensa hipotecaria
El despacho revisa el expediente del préstamo y el registro judicial, identifica las defensas disponibles bajo la ley de Nueva York y litiga el caso en tribunales estatales y federales. El enfoque está en la defensa misma: si el proceso y la documentación cumplen con lo que la ley exige, desde la legitimación activa hasta los avisos requeridos y el estatuto de limitaciones. El propietario no está obligado a demostrar que el préstamo fue injusto. La defensa depende de si se siguió la ley.
¿Cuál es el proceso de ejecución hipotecaria en Nueva York?
Nueva York es un estado de ejecución hipotecaria judicial, por lo que la parte que tiene el préstamo debe presentar una demanda y obtener una orden judicial antes de que se pueda vender una vivienda. Para la mayoría de los préstamos hipotecarios, la ley exige avisos específicos, incluyendo el aviso previo a la ejecución de 90 días bajo RPAPL 1304 y el aviso bajo RPAPL 1303, y los casos residenciales se dirigen a una conferencia de conciliación supervisada por el tribunal. Cada paso es un punto donde se pueden examinar los requisitos de la ley.
¿Cómo es el cronograma de ejecución hipotecaria en Nueva York?
Una ejecución hipotecaria en Nueva York pasa por etapas definidas. Cada una es un punto donde se pueden examinar los requisitos de la ley.
Pagos atrasados y avisos iniciales
Antes de que se presente algún caso, el administrador del préstamo envía avisos sobre el incumplimiento. La revisión del expediente del préstamo puede comenzar en este punto.
El aviso previo a la ejecución de 90 días
Para la mayoría de los préstamos hipotecarios, RPAPL 1304 requiere un aviso de 90 días antes de que se pueda presentar una acción de ejecución. Un defecto en este aviso puede ser relevante para una defensa.
La citación y la demanda
La parte que tiene el préstamo presenta una demanda en el tribunal del estado de Nueva York y notifica al propietario. Se debe presentar una respuesta dentro de un número determinado de días.
La contestación y las defensas
El propietario puede presentar una contestación que plantee defensas y contrademandas. Perder este plazo puede limitar las defensas disponibles más adelante.
La conferencia de conciliación
Los casos residenciales se dirigen a una conferencia de conciliación supervisada por el tribunal, donde las partes comparecen ante un árbitro del tribunal.
Práctica de mociones
Si el caso no se resuelve, cualquiera de las partes puede presentar mociones, incluyendo una moción de sentencia sumaria. Las defensas del expediente se argumentan en esta etapa.
Sentencia y venta
Si no se llega a ninguna resolución, el tribunal puede dictar sentencia y ordenar una venta. Muchos casos se resuelven antes de este punto.
¿Cuáles son las defensas comunes en una ejecución hipotecaria?
Una defensa se construye sobre el expediente. Dependiendo de los hechos, puede depender de:
- Si la parte que busca la ejecución ha establecido legitimación activa.
- Si los avisos requeridos de RPAPL fueron debidamente notificados.
- Si la acción fue presentada dentro del estatuto de limitaciones de Nueva York, incluyendo cómo aplica la Ley de Prevención de Abuso de Ejecuciones Hipotecarias (FAPA).
- Errores u omisiones en la documentación del préstamo.
- Conducta del administrador bajo las reglas federales, como pagos mal aplicados o solicitudes escritas ignoradas.
Fuentes autorizadas: RPAPL § 1304 · CPLR 3408